lunes, 26 de diciembre de 2022

 AREA DE SANTA CLARA-JESÚS DEL GRAN PODER 

Orden de las Clarisas

La Orden de Santa Clara o de las Hermanas Pobres de Santa Clara, cuyas monjas son conocidas como Clarisas, fue fundada por San Francisco de Asís y Santa Clara en 1212 en la iglesia de San Damián, cerca de Asís (Italia).

San Francisco de Asís. Francisco de Zurbarán. 1638. Óleo sobre lienzo. 101,2 x 75, 5 cm. Museo Soumaya. Ciudad de México.


Como el IV Concilio de Letrán de 1215 prohibía la aprobación de nuevas Reglas, las Hermanas Pobres tuvieron que profesar la Regla de San Benito, que incluía el título de abadesa y la posibilidad de poseer propiedades. 

Para evitar lo último, en 1216 Santa Clara obtuvo del Papa Inocencio III el “privilegio de la pobreza” para su monasterio de San Damián, por el que nadie las podía obligar a tener rentas y propiedades.

Este estilo de vida que se llevaba en San Damián se implantó en otros monasterios italianos. Por ello el Cardenal Hugolino, su protector, redactó en 1218 unos Estatutos para todos los monasterios de “Damianitas”.

En 1247 dichos Estatutos y la Regla benedictina fueron sustituidos por una nueva Regla impuesta por Inocencio IV que pronto cayó en desuso. 

Santa Clara no estaba conforme con nada de lo hecho anteriormente, pues estas Reglas y Estatutos no recogían el genuino espíritu de pobreza y minoridad al que se sentían llamadas.

Santa Clara redactó su propia Regla, la primera compuesta por una mujer, y dos días antes de su muerte, el 11 de agosto de 1253, Inocencio IV la aprobaba. Esta Regla de Santa Clara fue implantada en el Monasterio de San Damián, teniendo poca repercusión en el resto.

Fresco de Santa Clara y las hermanas clarisas en la Iglesia de san Damián


Para dar uniformidad a la Orden, en 1263 el Papa Urbano IV aprobó una nueva Regla que tenía en cuenta algunos puntos de la Regla de Santa Clara. También les impuso el nombre oficial de Orden de Santa Clara.

Esta Regla de Urbano IV abolía el privilegio de la pobreza en sentido estricto y establecía el sistema de rentas y la propiedad en común como el medio normal para la subsistencia de los monasterios. 

Este hecho provocó la primera división en la Orden: las Damianitas que profesaban la Regla de Santa Clara (Primera Regla) y las Urbanistas, la mayoría de los monasterios, que profesaban la Regla de Urbano IV (Segunda Regla).

Con el tiempo, casi todos los monasterios aceptaron la propiedad de bienes, incluido el Protomonasterio de Santa Clara que sustituyó al de San Damián después de la muerte de la Santa, con ello, salvo algunas excepciones, los monasterios de Clarisas seguían la Regla de Urbano IV.

A partir del s. XIV, la relajación se apoderó de muchos conventos de Franciscanos y monasterios de Clarisas. Entre los frailes surgieron reformas (Observantes, Alcantarinos, Capuchinos…), que paralelamente afectaban a las Clarisas.

La principal reformadora de las Clarisas fue Santa Coleta de Corbie, que en 1406 puso en todo su vigor la Regla de Santa Clara y redactó unas Constituciones específicas para los monasterios que se adherían a su reforma. 

Estas Constituciones Coletinas fueron aprobadas en 1454 por Pío II, y sus monjas son denominadas "Clarisas Coletinas o Descalzas". 

En 1462 esta reforma llega a España y desde entonces se expande por numerosos monasterios. Otras reformas menores fueron las de las Clarisas Recoletas, Clarisas de la Estricta Observancia y Clarisas Descalzas Alcantarinas.

Santa Coleta. Atribuido a Jerónimo Jacinto. De Espinosa. Siglo XVII. Óleo sobre lienzo.

Otra reforma que adquirió relevancia fue la de las Clarisas Capuchinas llevada a cabo por la española Madre María Lorenza Llonc en 1535 en Nápoles. Ésta impuso en su monasterio la Regla de Santa Clara con todo su rigor, añadiéndole unos estatutos inspirados en las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos. En 1587 las Clarisas Capuchinas fundan en Granada su primer monasterio.

Después de éste recorrido histórico tenemos que la Orden de Santa Clara (Segunda Orden Franciscana) está formada por los diferentes monasterios de monjas enclaustradas que profesan la Regla de Santa Clara aprobada por Inocencio IV en 1253:

- Con Regla de Santa Clara y Constituciones comunes: Clarisas.

- De acuerdo a las dispensas otorgadas por Urbano IV en 1263: Clarisas Urbanistas.

- Conforme a las Constituciones redactadas por Santa Coleta: Clarisas Coletinas o Descalzas.

- Conforme a la tradición capuchina: Clarisas Capuchinas.

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